La podrán solicitar personas no nacidas en La Isla siempre y cuando uno de sus padres sea cubano.
El trámite de la solicitud de la ciudadanía cubana tiene 2 fases:
Fase 1: Registrar fecha de nacimiento y obtener certificado de nacimiento cubano.
- Legalizar el certificado de nacimiento en el extranjero ante el consulado de Cuba.
- Registrar el nacimiento (hacer la transcripción) en el registro de hechos de cubanos en el exterior del Ministerio de Justicia (Registro Especial del MINJUS)
- Obtener en el registro Especial del MINJUS en Cuba el certificado de nacimiento original cubano, el cual es necesario para proceder con la fase 2.
- Opapeleo le puede ayudar con todos los pasos de la fase 1, para ver detalles sobre la legalización y transcripción pinche aquí (legalizaciones en el web) y
- Opapeleo también le puede asistir en obtener y traerle de Cuba el certificado cubano Original.
Demora fase 1: Depende de cada estado, pero tarda aproximadamente 2 meses.
Fase 2: Obtener la Resolución de Ciudadanía Cubana para lo cual necesitamos:
- Modelo de solicitud que completa Opapeleo y usted firma.
- Certificado de nacimiento original cubano emitido por el Registro Especial del Ministerio de Justicia (ver fase 1).
- Fotocopia del pasaporte extranjero siempre que esté válido y vigente.
- Fotocopia de los pasaportes de los padres siempre que estén válidos y vigentes. El padre o madre cubano deberá presentar una fotocopia de su pasaporte cubano.
- En caso que uno de los padres este fallecido deberá presentar fotocopia del certificado de defunción ante la imposibilidad de presentar fotocopia del pasaporte.
- Certificado ORIGINAL de nacimiento de madre o padre cubano y fotocopia del certificado de nacimiento del progenitor no cubano.
- En el caso de los menores de 18 años de edad, de no estar presente alguno de los padres debe entregarse una escritura de autorización de este último autenticada por el Departamento de Estado Federal (ver poderes menores pinchando aquí).
- Opapeleo puede facilitarle cada uno de estos pasos incluyendo los certificados de nacimiento de sus padres cubanos.
Demora fase 2: Las resoluciones de ciudadanía según el consulado deben demorar unos 90 días, pero en la práctica tenemos algunas que han llegado hasta 5 meses.
Una vez obtenga su resolución de ciudadanía cubana podrá proceder entonces a solicitar su pasaporte cubano lo cual puede hacer aquí (pincha renovación) también con Opapeleo.
Por la complejidad y cantidad de procesos envueltos este trámite es mejor asesorarle telefónicamente. Opapeleo le puede ayudar con el 100% de todo este proceso, ya que es la única agencia cubriendo telefónicamente los siete días de la semana de 8am a 8pm hora del este de EEUU. Llame hoy al 202-800-4141 y con gusto comenzamos su proceso o respondemos a sus preguntas.
Opapeleo se halla a 150 metros del consulado cubano en Washington DC y con la disposición de ayudarlo, haciendo más fácil su trámite.