Es de conocimiento común que los cubanos que no entren a Cuba antes de los 24 meses luego de haber abandonado el país, pierden su residencia cubana, pero es necesario conocer además que significación práctica tiene esta pérdida, sus efectos y consecuencias.
Se entiende por residencia el lugar donde habitualmente se vive y se desarrollan las actividades familiares y sociales. El ciudadano con residencia en Cuba que sale del país sin declarar que va a residir en el exterior de forma indefinida, solo puede permanecer dos años fuera de la Isla sin perder su residencia legal.
Si se excede este periodo y no presenta una solicitud para extender su estancia fuera del país sin perder su residencia, el ciudadano es considerado como emigrante y pierde automáticamente su residencia en el país.
Para no perder la residencia en Cuba, los ciudadanos cubanos pueden:
- Regresar al territorio cubano dentro de los 24 meses establecidos.
- Solicitar extender la permanencia en el exterior por un tiempo superior a 24 meses, cuando por causa justificada se vean imposibilitados de regresar al país en ese término.
- Solicitar la Residencia en el Exterior. Se hace cuando requieren residir fuera del país de forma indefinida por mantener una unión matrimonial, formalizada o no, con ciudadanos extranjeros, o por otras situaciones familiares y humanitarias.
Esta solicitud debe hacerse en el término de los 24 meses desde su salida del territorio cubano para no ser considerado emigrante. Así mismo debe ser solicitada expresamente a las autoridades competentes (Consulados cubanos u Oficinas de Inmigración y Extranjería).
Efectos de la pérdida de la residencia cubana.
- Entra en la categoría migratoria de emigrado.
Si un ciudadano cubano pierde la residencia se considera emigrado. Para el estado cubano emigrado es aquel que viaja al exterior por asuntos particulares y permanece de manera ininterrumpida por un tiempo superior a los 24 meses, sin la autorización correspondiente. También si viaja al exterior sin cumplir con las regulaciones migratorias vigentes.
- Pierde los derechos en Cuba.
Al perder la residencia en Cuba se pierden los derechos inherentes a la misma, como la obligación que tiene el estado de proporcionarle asistencia médica, derecho a la educación, los derechos electorales de votar y ser votado. Pierde el derecho de vincularse laboralmente en Cuba y de disfrutar de la seguridad social.
También se afectan los derechos patrimoniales al verse imposibilitados de conservar sus propiedades en Cuba, no obstante, sus familiares tienen el derecho de adquirirlas. Si un cubano adquiere la categoría de emigrado y poseía propiedades como vivienda o vehículos, pierde la propiedad sobre ellos, pero con la posibilidad de heredarlos a sus familiares.
Muchos cubanos residentes en el exterior o emigrados han adquirido otra ciudadanía y poseen pasaporte de otra nacionalidad, pero cuando desean viajar a Cuba por cuestiones de la prórroga o vencimiento del pasaporte no pueden usarlo. ¿Si perdí la residencia por qué tengo que viajar siempre a Cuba con el pasaporte cubano?
Para Cuba la pérdida de la residencia cubana no implica la pérdida de la ciudadanía cubana. La emigración no resulta una causa de perdida de la ciudadanía cubana; siendo ciudadano cubano deberá portar el pasaporte cubano para viajar a la isla.
La legislación vigente en Cuba, al igual que la de otros países, se acoge al principio de derecho de la ciudadanía efectiva, que se encuentra asociado o se fundamenta en la decisión soberana de los Estados de no reconocer otra ciudadanía distinta de la suya. Por esta misma razón los nacidos fuera de Cuba, hijos de cubanos que adquieren la ciudadanía cubana posteriormente, si viajan a Cuba lo deben hacer con el pasaporte cubano.
Por las leyes cubanas nadie puede renunciar a la ciudadanía cubana, no existen procedimientos ni autoridad que lo haga posible. Lo único que se puede hacer es no vincularse más con el país luego de alcanzar la condición de migrado.
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Importante!!!
Desde el 20 de marzo del 2020 por motivo de la pandemia, se suspendió hasta nuevo aviso el requerimiento de entrada antes de 24 meses. Cuando se normalicen las regulaciones informaremos por esta vía. Esto significa que ningún cubano que haya salido después del 20 de marzo del 2018 ha perdido su residencia todavía.