Un poder notarial para la gestión de una propiedad es un documento legal que permite a una persona (poderdante) designar a otra (apoderado), para que la represente en transacciones relacionadas con bienes inmuebles previamente determinados.
Las situaciones en que puede ser necesario la designación de un apoderado son varias, siendo las más relevantes aquellas en que la persona propietaria se encuentra incapacitada de asistir a un encuentro relevante en la situación legal de la propiedad, ya sea por la distancia que le separa del encuentro, cómo por enfermedad o incapacidad física.
Posibles gestiones a realizar con un poder notarial
Al recibir su condición de apoderado, la persona designada puede manejar la propiedad en cuestión según el alcance acordado en el poder ante un notario público.
En general un poder puede permitir:
- La venta de la propiedad o propiedades en cuestión
- Gestionar documentos escriturales y contractuales de la propiedad
- Mediar en la venta, alquiler y otro tipo de acuerdo con personas interesadas, agentes inmobiliarios o abogados
Los poderes notariales no tienen que ser vitalicios, por lo que en su propia escritura se puede especificar la vigencia deseada por el poderdante, igualmente si no se establece una fecha, el propietario puede cancelar el poder en el momento que lo desee.
Tipos de poder notarial
Un poder notarial específico es aquel en el que se restringe el rango de acción del apoderado a un proceso específico, como puede ser la venta de un inmueble.
Un poder notarial general es aquel en el que se admite que el apoderado pueda ejercer una gestión integral de la propiedad. Estos poderes suelen tener duración indefinida.
Pasos para otorgar un poder notarial
Este tipo de trámites, como su nombre indica se realiza ante un notario público, quien declarará las condiciones en que se establece el acuerdo, por lo que los pasos a seguir son los siguientes.
- Obtener cita en la notaría correspondiente
- Acudir con el carnet de identidad de las personas que intervienen en el otorgamiento del poder: poderante y apoderado(s)
- Abonar el monto establecido tanto en efectivo como en sellos del timbre
Nota 1: Actualmente los sellos pueden ser pagados de forma física o electrónica a través de los canales de pago que posibilitan esta transacción.
Nota 2: Para el otorgamiento del poder no será necesaria la presencia del apoderado.
En caso de que usted se encuentre en el extranjero puede otorgar el poder ante un funcionario consular cubano, ya que estos tienen funciones notariales y pueden emitir poderes que serán válidos en Cuba. El costo de este trámite es mayor que cuando se realiza regularmente dentro del país.
La obtención de un poder notarial siempre será un paso primordial si desea o necesita que otra persona le represente en la venta o gestión de propiedades a su nombre. En esta posibilidad radica su importancia, puesto que sin los poderes notariales solamente el titular de una propiedad podría gestionarla, y la imposibilidad de hacerlo limitaría la movilidad de la propiedad.
¿Quiénes somos?
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