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Cubanos residentes en el extranjero, sus categorías migratorias.

Oct 5 , 2022

Cuando un cubano reside fuera del territorio nacional debe conocer su situación migratoria, información que le servirá para estar al tanto de sus derechos y posibilidades, las cuales varían en cada categoría, así como varían los procedimientos para actuar ante cada situación.

¿Cuáles son las categorías migratorias de los cubanos residentes en el extranjero?

Tras la última modificación del derecho migratorio cubano (2013) los cubanos residentes en el extranjero son:

  • Emigrados.
  • Con Permiso de residencia en el extranjero.

No son considerados migrantes aquellos cubanos que deben entrar en el país cada 24 meses, con derecho a prórroga. Estos tienen las siguientes posibilidades:

  • Conservar sus derechos políticos, económicos y sociales en Cuba.
  • Entrar al país libremente sin límite de tiempo para su estancia.
  • Mantener su carnet de identidad cubano.
  • Derecho a mantener sus propiedades adquiridas y pueden ejercer actividad por cuenta propia, siendo titulares de licencias de cuentapropistas.
  • Acceso a la salud, la seguridad social y la educación del sistema nacional.

* Su obligación es entrar en territorio nacional en el tiempo establecido (24 meses) o solicitar prórroga con los motivos justificados.

Cubanos emigrados

Atendiendo al artículo 9.2 de la Ley 1312, un emigrado es el ciudadano cubano que abandona el país de manera ilegal o que permanece fuera de Cuba por un periodo superior a los 24 meses amparados por las leyes migratorias, sin realizar una solicitud de prórroga para la estancia fuera de la Isla.

Derechos que conserva en Cuba:

  • Pueden permanecer en Cuba hasta 90 días en sus visitas.
  • Conserva la ciudadanía cubana.
  • Derecho a recuperar su estatus de residente en Cuba, a través de la «repatriación». Proceso estipulado también en el artículo 48 de la Ley 1312.
  • Derechos que pierde en Cuba:
    • Políticos.
    • A la salud y la educación gratuita.
    • A la participación en elecciones.

También pierde derechos relativos a la propiedad, esto se observa mayormente al no tener derecho a conservar o adquirir la propiedad de casa o vehículos, aunque en el primer caso los familiares pueden heredarlos. Tampoco puede abrir negocios dentro del sector del trabajo por cuenta propia en Cuba.
Para la Aduana General de la República, los cubanos emigrados no conservan la posibilidad de pagar la importación en moneda nacional al entrar al país. Estos cubanos siempre deben pagar la importación en moneda libremente convertible.
El cubano en condición de migrante pierde el derecho a beneficiarse de la seguridad social. La Ley de Seguridad Social, en su artículo 106 establece la extinción de las prestaciones de seguridad social para los que abandone definitivamente el territorio nacional.

Cubanos con Permiso de Residencia en el exterior.

Los cubanos con permiso de residencia en el exterior son aquellos que se les autoriza a vivir con carácter permanente en el extranjero sin perder su residencia en Cuba. Este es un permiso que se otorga generalmente a los cubanos que contraen matrimonio con ciudadanos extranjeros y trasladan su residencia a otro país.
Estos cubanos no pierden sus derechos políticos en la isla y  conservan su residencia legal en Cuba.

Derechos que conserva en Cuba:

  • Ingresar al país cuando lo desee sin solicitar permiso de entrada.
  • Permanecer en Cuba por 6 meses sin realizar trámite de ningún tipo y además solicitar una prórroga por 12 meses como máximo.
  • A sus familiares extranjeros que lo acompañen se le otorga la visa consular A-2 por 90 días.
  • Mantiene sus propiedades en Cuba y puede adquirir otras.
  • Puede heredar bienes de sus familiares.
  • Los cubanos con permiso de residencia en el exterior tienen fundamentalmente la siguientes obligaciones:
  • Inscribirse en el Registro de ciudadanos cubanos en la oficina consular de su país de residencia.
  • Entrega del carnet de identidad mientras resida en el exterior.
  • Siempre y cuando aún no haya caído en la categoría de migrado, puede solicitar en cualquier momento el permiso de residencia en el país. Este trámite se puede realizar en las oficinas Consulares del país de residencia o en las Oficinas de la Dirección de Inmigración y Extranjería en Cuba.

En líneas generales se puede resumir que los ciudadanos cubanos que deben entrar en el territorio cubano cada 24 meses conservan todos sus derechos en Cuba, mientras que los Ciudadanos cubanos con Permiso de Residencia en el Exterior conservan su residencia en Cuba, así como sus propiedades. No están obligados a entrar cada 24 meses en territorio nacional y tienen un límite de tiempo para estar en el país hasta 180 días con posibilidad de prórroga.

En cambio los ciudadanos cubanos emigrados pierden su residencia en Cuba, así como los derechos políticos, económicos y civiles. Pueden permanecer en Cuba por un periodo de 90 días y solicitar su repatriación.

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