Luego de casi 4 años de su suspensión por los conflictos ocurridos con la Embajada de Estados Unidos en Cuba en 2018, el pasado mayo Estados Unidos anunció la reanudación de las operaciones del programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano (CFRP), establecido originalmente en el 2007.
Mediante su página web, la Embajada de los Estados Unidos en Cuba anunció la rehabilitación de sus procesos consulares en la isla, lo cuál favorece la realización de entrevistas para los ciudadanos implicados en procesos de reunificación familiar en el país norteño.
Con motivo de la reanudación de los procesos consulares y la rehabilitación de los permisos de permanencia temporal (Parole), Opapaleo les brinda a continuación un resumen de los principales beneficios de este programa para los ciudadanos cubanos que pretenden reunirse con su familia en Estados Unidos, así como algunas pistas para conocer si usted y su familia pueden ser beneficiarios de este programa.
Creado en 2007 el CFRP permite a ciertos ciudadanos estadounidenses elegibles y residentes permanentes legales solicitar un permiso de ingreso para sus familiares en Cuba. Según el U. S. Citizenship and Inmigration Services, los requisitos para ser considerado un ciudadano elegible son:
- Usted es un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR);
- Tiene un aprobado el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero para un familiar cubano;
- Una visa de inmigrante aún no está disponible para su familiar, y
- Usted recibió una invitación del Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado (NVC, por sus siglas en inglés) para participar en el programa CFRP. Por favor, vea más adelante la sección Cómo «Solicitar al Programa CFRP» para más detalles.
Para ser elegible, el beneficiario principal deberá:
- Ser un nacional cubano residiendo actualmente en Cuba,
- Tener un peticionario que haya sido invitado a participar en el programa CFRP.
AVISO:
Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses no son elegibles a CFRP, ya que pueden solicitar inmediatamente las visas de inmigrante una vez aprobado su Formulario I-130. Los familiares directos son: los cónyuges de ciudadanos estadounidenses, hijos solteros menores de 21 años de edad de los ciudadanos de Estados Unidos y, los padres de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años de edad.
«De ser concedido dicho parole, los familiares pueden ingresar a territorio de los Estados Unidos sin tener que esperar a que sus casos de visa de inmigrante estén en fecha de procesamiento según las cuotas asignadas. Una vez en los Estados Unidos, los beneficiarios del programa CFRP pueden solicitar autorización para trabajar mientras esperan a poder ajustar su estatus como residente legal permanente»
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ha dado luz verde para que se tramiten en línea de forma inmediata los permisos de trabajo a los extranjeros que entraron en territorio estadounidense con un “parole”, permiso de admisión y permanencia temporal en el país, según informó El Nuevo Herald recientemente.
Estas novedades benefician a los ciudadanos cubanos que han entrado en los últimos meses en territorio norteamericano, ya que los beneficiados con los nuevos cambios en los permisos de trabajo en EEUU son los que tramitan el parole humanitario o parole de beneficio público.
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